Alberto Fujimori, desde su afiliación a Fuerza Popular, está en el centro de la controversia y de la opinión pública, puesto que esto se presta a muchas especulaciones de cara a las próximas elecciones presidenciales del 2026. Desde su indulto, en diciembre de 2023, se ha hablado mucho al respecto y ahora, con la confirmación de su candidatura hecha desde la Clínica Delgado, ha surgido nuevamente la interrogante de si puede postular o no.
El abogado penalista Andy Carrión, explica que cualquier persona, como un preso actual o que no ha cumplido su condena, tiene el derecho hábil para poder afiliarse a algún partido político; no obstante, los problemas surgen cuando esta persona que ha recibido una sentencia condenatoria intenta postular a un cargo de elección popular. En este caso, existe una imposibilidad jurídica, dado que lo establece la norma y muchos expertos en materia constitucional.
«Hay dos normas y una sentencia que lo impiden, siendo la más importante el artículo 34-A de la Constitución, que imposibilita que un sentenciado pueda postular a un cargo público. Es clarísima y tiene rango constitucional», dijo a La República.
En esa misma línea, también indicó que no solo es la norma, sino también el estatus de Alberto Fujimori, porque hasta el día de hoy sigue cumpliendo la sentencia que se le impuso, ya que su condena sigue en curso. «Lo único que ha sucedido en su caso es que se le ha otorgado la gracia del indulto, pero este no borra el hecho, ni la sanción, ni el delito», aseguró.
Finalmente, compartió el hecho de que en el caso de que sí existiese ese beneficio de postular, tampoco podría hacerlo, dado que no es en rigor un reo rehabilitado, ya que no ha cumplido con el pago de la reparación civil que tiene pendiente. Asimismo, indicó que este mismo ejemplo recae en Antauro Humala, quien ya cumplió sentencia, pero no puede postular porque no ha efectuado dicho pago.
Por otro lado, el abogado experto en temas electorales, Jorge Valdez, coincide con Carrión en la cuestión de que Alberto Fujimori no puede postular a la presidencia. En una entrevista para Radio Exitosa, sostuvo que el exdictador se encuentra imposibilitado para participar en algún eventual proceso electoral por su condición de no rehabilitado.
El motivo persiste en que contravendría con el artículo 107 inciso H de la Ley Orgánica de Elecciones que establece que aquellos inscritos en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles no pueden postularse para los cargos públicos.
Asimismo, el abogado penalista Roberto Pereira, para el mismo medio, resaltó que el indulto al expresidente no lo exime de las sentencias por los crímenes que posee. El experto afirmó que esto solo perdona la pena más no la condena de responsabilidad que mantiene.
«El indulto no es una anulación de condena, tampoco es una amnistía, es decir, no es una anulación del delito. El indulto lo único que hace es perdonar la pena, pero no la condena de responsabilidad», dijo para la emisora.
Fuente: La República
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